La Beca Andalucía Segunda Oportunidad está específicamente orientada al sector de población afectado por el denominado abandono educativo temprano y tiene como finalidad facilitar la reincorporación al Sistema Educativo Andaluz de los jóvenes de entre 18 y 24 años que lo abandonaron sin obtener las titulaciones de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato o Formación Profesional de Grado Medio y que se encuentran en situación de desempleo, dotando a este alumnado de los medios económicos necesarios para hacer frente a la ausencia de ingresos como consecuencia de su dedicación al estudio.

La disposición adicional segunda de la Orden de 25 de julio de 2011 delega en la persona titular de la Dirección General competente en materia de becas y ayudas al estudio, la competencia para efectuar la convocatoria de la Beca Andalucía Segunda Oportunidad, la cual se aprobará, para cada curso académico, mediante Resolución.

De conformidad con el artículo 13.2.d) del Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte, corresponde a la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar las competencias relativas a la ordenación y gestión de las becas y ayudas al estudio financiadas con fondos propios, así como la propuesta de desarrollo normativo y la ejecución de las becas y ayudas estatales, en el ámbito de las enseñanzas no universitarias.

Mas información: Enlace a la Resolución

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